a que llamamos remuneración y como se puede hacer efectivo?

Respuestas

Respuesta dada por: Amaya54
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Se entiende por remuneración la contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo. Dicha remuneración no podrá ser inferior al salario mínimo vital y móvil.

¿Qué tipos de remuneraciones hay?Hay distintos tipos de remuneración:1) Sueldo: Se denomina así cuando la remuneración se paga en relación con el mes de trabajo.2) Jornal: Se denomina jornal cuando la remuneración se paga en relación con el día u hora de trabajo.3) Por resultado obtenido:a) A destajo: Es la remuneración como ser por unidad de obra o pieza producida.b) Comisiones: En función de operaciones concretadas como ser ventas¿Cómo y cuándo se instrumenta el pago?El recibo de haberesTodo pago en concepto de salario u otra forma de remuneración deberá instrumentarse mediante recibo firmado por el trabajador. El recibo será confeccionado por el empleador en doble ejemplar (original y duplicado), debiendo entregar el duplicado al trabajador.El recibo deberá reunir como mínimo los siguientes requisitos:Nombre íntegro o razón social del empleador, su domicilio y C.U.I.T.Nombre y apellido del trabajador, su calificación profesional y C.U.I.L.Todo tipo de remuneración que perciba.Total bruto de la remuneración básica.Importe de las deducciones que se efectúan por aportes jubilatorios u otras autorizadas por Ley de Contrato de Trabajo (Obra Social, Sindicatos).Importe neto percibido.Constancia de la recepción del duplicado por el trabajador (su firma en el original que queda en poder del empleador).Lugar y fecha (que deberá corresponder con la del efectivo pago).Firma y sello del empleador.Fecha de ingreso y tarea cumplida o categoría en que se desempeñó durante el período de pago.El pago de haberesEl pago se efectuará una vez vencido el período que corresponda dentro de los siguientes plazos máximos:4 días hábiles para la remuneración mensual o quincenal3 días hábiles para la remuneración semanalAdemás ¿A qué se denominan beneficios sociales?Se denominan beneficios sociales a las prestaciones de naturaleza jurídica de seguridad social, no remunerativas, no dinerarias, no acumulables ni sustituibles en dinero, que brinda el empleador al trabajador por sí o por medio de terceros, que tiene por objeto mejorar la calidad de vida del dependiente o de su familia a cargo. Son beneficios sociales las siguientes prestaciones:Los servicios de comedor de la empresa;Los reintegros de gastos de medicamentos y gastos médicos y odontológicos del trabajador y su familia que asumiera el empleador, previa presentación de comprobantes emitidos por farmacia, médico u odontólogo, debidamente documentados;La provisión de ropa de trabajo y de cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el desempeño de sus tareas;Los reintegros documentados con comprobantes de gastos de guardería y/o sala maternal, que utilicen los trabajadores con hijos de hasta 6 años de edad cuando la empresa no contare con esas instalaciones;La provisión de útiles escolares y guardapolvos para los hijos del trabajador, otorgados al inicio del período escolar;El otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización;El pago de gastos de sepelio de familiares a cargo del trabajador debidamente documentados con comprobantes.¿Qué es el Salario Mínimo Vital y Móvil?El salario mínimo vital, es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia (sin hijos ni familiares directos a cargo), en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.Todo trabajador mayor de 18 años, tendrá derecho a percibir una remuneración no inferior al salario mínimo vital que se establezca, conforme a la ley y por los organismos respectivos. Por ninguna causa podrán abonarse salarios inferiores, salvo los que resulten de reducciones para aprendices o para trabajadores que cumplan jornadas de trabajo reducida.


Respuesta dada por: yharold05acosta
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Respuesta:

Se conoce como remuneración al pago o retribución de un servicio o trabajo establecido en el contrato de trabajo. La remuneración es la cantidad de dinero o cosas que se da a una persona como pago de su servicio o trabajo.

En vista del significado anteriormente dado, se puede deducir que la remuneración es sinónimo de salario o sueldo. Como tal, la remuneración puede ser vista como una contraprestación en el ámbito laboral, ya que el trabajador o empleado realiza tareas con el propósito de aumentar el capital y prestigio de la empresa, mientras que el patrono paga por sus labores.

En principio, existe una remuneración o salario mínimo lo cual es definido por ley, siendo ajustable todos los años tomando en cuenta el costo de la vida para ese momento.

¿cómo puede ser efectivo la remuneración?

Implica el pago de un salario igual o mayor al salario mínimo legal mensual vigente en dinero, que puede ser entregado en efectivo, en cheque o consignado a las cuentas de los trabajadores. El salario no se puede entregar en totalidad en especie, solo hasta 50%.

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