Respuestas
Respuesta:
El primer aspecto es muy importante, pues como se verá más
adelante, el término “discriminar” no sólo puede tener distintas
acepciones dependiendo del contexto; aún en el ámbito jurídico,
hay opiniones encontradas en cuanto a qué es lo que está
prohibido. Con respecto al segundo, permite asegurar que no
haya justificaciones para discriminar a ciertos grupos humanos.
El conjunto de palabras “o cualquier otra condición social”
que se encuentra en ambos artículos y en casi todos los
instrumentos internacionales, son de suma relevancia. Indican
que para el derecho internacional de los derechos humanos esta
lista de condiciones no es cerrada y que está prohibida toda
discriminación basada en cualquiera condición. Así, aunque en
estos instrumentos internacionales no se establece expresamente
la prohibición de discriminar por enfermedad, por ejemplo, es
obvio que ésta también es una distinción prohibida al caber
dentro del término “cualquier otra condición social”.
Respuesta:
Cada hombre, mujer y niño tiene el derecho a estar libre de discriminación basada en género, raza, etnia, orientación sexual u otra condición, así como a otros derechos humanos fundamentales que dependen de la realización plena de los derechos humanos para la protección de la discriminación. Estos derechos se encuentran establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Pactos Internacionales, la Convención Internacional de los Derechos del Niño y otros tratados y declaraciones internacionales; todas éstas constituyen herramientas poderosas que deben ser puestas en marcha para eliminar todo tipo de discriminación.