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Dos ángulos son complementarios, si la suma de sus amplitudes es de 90°. No es necesario que los ángulos complementarios sean consecutivos o tengan algún punto en común. Si un ángulo mide 30°, su complemento es de 60°.
Dos ángulos son suplementarios, si la suma de sus amplitudes es de 180°. No es necesario que los ángulos complementarios sean consecutivos o tengan algún punto en común. Si un ángulo mide 30°, su suplemento es de 150°.
Explicación paso a paso:
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