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Los derechos políticos, son los derechos
que tienen todos los ciudadanos de
participar en la dirección de los asuntos
públicos que atañen al país al que
pertenecen, ya sea directamente o a través
de representantes, y de formar parte de
los procesos políticos democráticos de
constitución de sus gobiernos.
Al respecto, los derechos políticos,
establecen para los Estados (gobiernos), la
obligatoriedad de establecer disposiciones
jurídicas que garanticen su goce efectivo
sin distinción alguna entre los ciudadanos.
Parte de estas obligaciones, implica que
las Instituciones de la materia, pongan
al alcance de los ciudadanos, los medios
necesarios para superar las limitaciones
que puedan difcultar su ejercicio,
por su pertenencia a ciertos grupos;
especialmente, de los grupos que se
encuentran en condición de vulnerabilidad,
de tal forma, que independientemente
de las condiciones de analfabetismo,
las barreras lingüísticas, la pobreza, los
obstáculos de circulación o la carencia
de acceso a medios de comunicación
existentes, todos los ciudadanos puedan
tener la posibilidad de ejercer sus derechos
políticos.
El ejercicio efectivo de éstos, se encuentra
íntimamente relacionado con el derecho
a la libertad de expresión, de asociación
y de reunión principalmente, ya que para
ejercerlos, es indispensable que se permita
a los ciudadanos expresarse libremente
respecto a las cuestiones públicas y
políticas de la sociedad a la que pertenecen
y a que se les permita reunirse o asociarse
de la forma que más les convenga para
participar en los asuntos públicos, siempre
y cuando lo hagan de forma lícita.
Limitaciones legítimas a los derechos
políticos: El ejercicio de los derechos
políticos no puede negarse ni restringirse
salvo por los motivos señalados por las
leyes, los cuales deben ser razonables
y objetivos, evitando cualquier acto
discriminatorio; por ejemplo no puede
negarse a una persona a participar en una
elección popular por condición de raza o
color, pero sí por no cumplir el requisito de
ser ciudadano.
Explicación: