Respuestas
Respuesta:
En el desarrollo de las actividades propias de los establecimientos educativos, es común que sus empleados reciban como parte de sus herramientas laborales
computadores portátiles, de escritorio u otros dispositivos electrónicos, como pueden ser las tablets o los smartphones. En ese sentido, es habitual que haya incertidumbre sobre la responsabilidad que pueda existir para el empleado o para el establecimiento educativo, con ocasión del uso indebido que se le dé al Hardware de propiedad de éste último.
Específicamente, la información aquí presentada, se concentrará en explicar, de manera general, algunos alcances de la responsabilidad causada por el uso de software que no cuente con suficiente autorización para su explotación o que vaya en contravía de las políticas de uso aceptable de la entidad educativa.
Explicación:
Respuesta:
Los componentes lógicos incluyen, entre muchos otros, las aplicaciones informáticas, tales como el procesador de texto, que permite al usuario realizar todas las tareas concernientes a la edición de textos; el llamado software de sistema, tal como el sistema operativo, que básicamente permite al resto de los programas funcionar adecuadamente, facilitando también la interacción entre los componentes físicos y el resto de las aplicaciones, y proporcionando una interfaz con el usuario.[2]
Explicación: