DOY CORONA
¿Es posible ejercer plenamente la libertad si se vive en pobreza,si no hay igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres o si no se garantizan los derechos?
Respuestas
Respuesta:
Si
Explicación:
Si es posible ya que todo es verdad si se puede hacer espero que te sirva
Respuesta:
Las personas que viven en la extrema pobreza a menudo son desatendidas o
abandonadas por los políticos, los proveedores de servicios y los responsables
de la formulación de políticas debido a su falta de voz política, capital
social y financiero, así como por su exclusión social crónica. Son afectadas
desproporcionadamente por un gran número de violaciones de los derechos
humanos. La discriminación contra las personas que viven en la pobreza está
generalizada y es ampliamente tolerada.
Los Principios Rectores sobre la Extrema Pobreza y los Derechos Humanos
son los primeros lineamientos de políticas a nivel mundial centrados
específicamente en los derechos humanos de las personas que viven en la
pobreza. Estos principios están destinados a que los gobiernos los utilicen para
asegurar que las políticas públicas, incluyendo los esfuerzos para erradicar
la pobreza, alcancen a los miembros más pobres de la sociedad; respeten
y defiendan sus derechos, y tomen en cuenta los significativos obstáculos
sociales, culturales, económicos y estructurales que enfrentan las personas que
viven en la pobreza para gozar de los derechos humanos.
El Consejo de Derechos Humanos aprobó los Principios Rectores sobre
la Extrema Pobreza y los Derechos Humanos por consenso a través de su
Resolución 21/11, en setiembre de 2012. El desarrollo de los Principios
Rectores fue iniciado por el anterior Comité de Derechos Humanos en el 2001,
y su contenido fue debatido y perfeccionado durante más de una década de
consultas con los Estados, las organizaciones de la sociedad civil, las agencias
de las Naciones Unidas y las comunidades que viven en la pobreza. El
proyecto final fue preparado por la Relatora Especial de las Naciones Unidas
sobre la extrema pobreza y los derechos humanos, Magdalena Sepúlveda
Carmona, y presentado en su informe al Consejo de Derechos Humanos
durante su 21° período de sesiones (A/HRC/21/39).
Explicación:
espero y te ayude