AYUDAAAA!! PLISS
2. En qué consistió la reforma Constitucional de 1994 respecto de los derechos laborales.
3. Que pasó con los Tratados Internacionales de los Derechos Humanos en especial sobre los derechos laborales después de la reforma del año 1994.
NO RESPONDAN SI NO SABEN GRACIAS :)
Respuestas
2
I. La reforma de 1994. Generalidades.
A. Introducción.
De conformidad con lo que edicta el artículo 30 de la Constitución Nacional que permite la
reforma de dicha norma fundamental, el 29 de diciembre de 1993 se dictó la Ley 24.309 que
justamente declaró la necesidad de la reforma parcial de la carta magna de 1853 (que ya ha había
sido retocada en los años 1860, 1866, 1898, 1957 y 1972). Allí se dispuso sobre la base de un
núcleo de coincidencias básicas “rejuvenecer” varios preceptos del citado instrumento. Por ello el
artículo 3° de la Ley antes nombrada puso sobre el tapete el debate sobre diversos puntos, entre
esos, habilitó (artículo 3, I)) el campo de “los institutos de integración y la jerarquía de los
Tratados Internacionales”. En la Segunda Parte del Título Primero, Sección I°, el Capítulo 4°
(Atribuciones del Congreso), el artículo 67 inciso 19 de la vieja Constitución, se transformó en el
nuevo artículo 75 inciso 22; que enclavó entre las potestades de ambas Cámaras Legislativas la
responsabilidad de aprobar o desechar tratados2
.
Puntualizó que estos documentos tienen jerarquía superior a las leyes. Mas en paralelo
enumeró una serie de instrumentos sobre `Derechos Humanos´ (aquí está uno de sus puntos
vertebrales) otorgándole jerarquía constitucional, esto es, un escalón superior al de los Tratados
“comunes”.
Pero además en su segunda parte dio el paso fundamental al traer a nuestro ámbito
doméstico el derecho internacional de los derechos humanos. Se le dio vigencia entonces por una
vía constitucional privilegiada a los Convenios y tratados sobre Derechos Humanos, fenómeno
global que para el jurista Mauro Cappelletti ha sido uno de los movimientos mundiales más
importantes en el ámbito de la política internacional, de la última mitad del siglo pasado.
Si bien es cierto que la Constitución de 1853 (con sus modificaciones anteriores al año
1994) abordaba el tema de los tratados internacionales (artículos 27, 31, 67 inciso 19 y 86 inciso
14), la verdad es que no se ocupaba particularmente de estos especiales convenios relativos a los
Derechos Humanos, cuya aparición se venía advirtiendo sin ambages desde la finalización de la
Segunda Guerra Mundial con la creación de las Naciones Unidas (1945) y posteriormente en la
OEA (1948). Ello así sobre la base de distintos documentos Universales y Regionales.
2 Señala la primera parte del articulo 75 inciso 22: “Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con
las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía
superior a las leyes”.