Respuestas
Respuesta:
El poder financiero es una realidad compleja y heterogéneo que se manifiesta o sólo
a través del poder tributario, entendido como especificación del poder normativo cuando
se refiere a la esfera tributario, sino también mediante potestades Administrativas de
aplicación de la norma jurídica, cuya tarea se encomienda a la Administración
financiera que la hace convertirse en titular de derechos y obligaciones frente a los
ciudadanos. Pero también los administrados son titulares de derechos, deberes y
obligaciones frente a la Administración, lo que supone que entre ambos sujetos -
Administración financiera y administrado- se establezcan da una serie de vínculos y
relaciones con alcance y contenido diverso disciplinaos por el Derecho y, más
concretamente, por el Derecho Tributario. Son vínculos y relaciones jurídicotributarios.
De esos vínculos y relaciones que hemos denominado jurídico-tributarios por cuanto
tienen su origen en una norma tributario y regidos, por en de, por el ordenamiento
tributario, y que configuran la «relación jurídico-tributaria», tan sólo a uno de ellos
podemos titular en sentido estricto «obligación tributario».
Si con el término «obligación» se hace referencia a aquella situación jurídica, en la
cual una persona (acreedor) tiene un derecho (llamado derecho de crédito), que le
permite exigir o reclamar un comportamiento de otra persona, y esta última (deudor)
porta el deber jurídico de realizar en su favor aquel comportamiento (deber de presn), la
«obligación tributaria» será el vínculo jurídico fundamental, aunque no el únic
Explicación: