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no lo entiendo
esplica mejor
Explicación:
Respuesta: espero q te sirva de mucha ayuda.
Explicación:
1-Como referente ético internacional.
La Declaración Universal es el primer documento de la historia de la humanidad, aprobado por la comunidad internacional, que considera a todos los seres humanos libres, iguales y con los mismos derechos, sea cual sea su nacionalidad, raza, condición social, sexo, religión... Este hecho, sin precedentes, es de una trascendencia inmensa.
Que no tenga carácter jurídicamente vinculante no quiere decir que su incumplimiento no importe ni afecte a la comunidad internacional. Su peso moral dentro de la comunidad internacional no ha dejado de crecer con el paso del tiempo. Además, dentro del mismo país los ciudadanos también pueden esgrimir los principios de la Declaración Universal contra sus propios Gobiernos, cuando estos no los respetan. En cualquier caso, la Declaración Universal es una exhortación, una llamada, a la posterior elevación de sus contenidos al ámbito jurídico (nacional o internacional), convirtiéndolos entonces en vinculantes.
"Durante las próximas décadas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos será cada vez más el criterio con el que se juzgarán las sociedades y se evaluará la gestión de sus gobiernos."
Asma Jahangir, Pakistán, 1997. Abogada, defensora de los derechos humanos y Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales.
2-Como referente de posteriores documentos de las Naciones Unidas.
Inmediatamente después de ser aprobada la Declaración Universal, las Naciones Unidas empezaron a trabajar en un documento que, conteniendo los principios de la Declaración Universal, tuviese forma normativa, es decir, obligaciones legales.
En 1966, estos trabajos culminaron con la aprobación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Estos pactos, para los países signatarios sí son vinculantes. Las casi dos décadas que transcurrieron (18 años) desde los inicios de su elaboración hasta su aprobación final se explican por la situación internacional imperante (la Guerra Fría entre los países comunistas y las democracias occidentales, con su máximo punto de tensión en la guerra abierta de Corea).
--El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales consta de 32 artículos, de los cuales 16 hacen referencia a la forma como instrumentar los derechos contenidos en los otros 14 artículos. Como ocurre con en el otro Pacto, la mayoría de los derechos recogidos en éste no son nuevos: destacan tan sólo, en este sentido, el derecho a la sindicación y a la huelga (núm. 8), a la salud (núm. 12), y la manera como se trata en el artículo 14 el derecho a la enseñanza, definido como gratuito de forma obligatoria en el nivel primario, y como objetivo deseable en la secundaria y en la Universidad.
--El Pacto de Derechos Civiles y Políticos tiene 53 artículos, aunque sólo 27 de ellos formulan derechos. Derechos que, en su mayoría, ya estaban recogidos en la Declaración. Algunas novedades son: un artículo específico (núm. 3) contra la discriminación por razón de sexo; otro (núm. 10) sobre las condiciones de los presos; el número 20, que condena la propaganda en favor de la guerra y del odio nacionalista o racista; y otros que se refieren a la protección de los niños (núm. 24) y de las minorías (núm. 27). El resto del documento define el funcionamiento y las atribuciones de una Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, sin olvidar (núm. 2) una garantía formal relativa al cumplimiento por parte de los Estados de los derechos de los ciudadanos contenidos en el Pacto.
Posteriormente, las Naciones Unidas han ido elaborando distintas declaraciones sobre derechos humanos sobre temas más específicos (mujeres, menores, inmigrantes...), con sus respectivas convenciones y convenios que los convierten en vinculantes para los estados signatarios. Por ejemplo, la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer (1967) y su correspondiente Convención (1979).
3-Como referente para distintos documentos regionales sobre derechos humanos.
La proclamación de la Declaración Universal ha sido a su vez la referencia para la elaboración de distintos documentos y acuerdos sobre derechos humanos de ámbito regional. Algunos ejemplos:
--Convenio Europeo de Derechos humanos (1950).
--Carta Social Europea (1961).
--Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969).
--Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (1981).