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DERECHOS PERSONALES. Son aquellos que solo pueden reclamarse de ciertas personas, que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas. (artículo 578 del Código Civil). ... Por un lado otorgan un derecho y por el otro una obligación.
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espero aver ayudado ♡
sahiraudi:
muchas gracias
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CONCEPTO: Los derechos personalísimos son los derechos innatos del hombre cuya privación aniquilaría su personalidad. Estos derechos son: derecho a la vida, a la salud, a la libertad, al honor, a la intimidad…
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