Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
¿Qué derechos reconoce el artículo 14 bis?
Queda garantizado a los gremios: Concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
Explicación:
Preguntas similares
hace 4 años
hace 4 años
hace 7 años
hace 7 años
hace 8 años
hace 8 años