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Respuesta:
Marco Legal
La Constitución Política del Perú, establece en su Articulo 54°, Capitulo I, Titulo II, que el territorio del Estado es inalienable e inviolable, que el Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas millas, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de conformidad con la Ley y con los tratados ratificados por el Estado.
El Sistema de Vigilancia de Fronteras
Constituye la primera alerta temprana del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional y forma parte de la cobertura estratégica establecida frente a cualquier violación de la soberanía e integridad territorial.
El monitoreo es realizado de forma permanente por el Departamento de Soberanía e Integridad Territorial, de la Novena División del Estado Mayor Conjunto, a través de los órganos de línea del CCFFAA, que son aquellos Comandos Operacionales que tienen acceso a los Límites Políticos Internacionales dentro de sus respectivas áreas de responsabilidad.
La Vigilancia de fronteras consiste en la observación sistemática y permanente del espacio fronterizo del Estado, desde tierra, mar o aire, empleando patrullajes continuos, medios visuales y un sistema de comunicaciones integrado, lo que permite la alerta oportuna ante probables violaciones de la soberanía nacional e integridad territorial; así como, la verificación de la conservación y mantenimiento de los hitos fronterizos.
Organización
El CCFFAA se constituye como el órgano responsable de la dirección, supervisión y control operativo del Sistema de Vigilancia de Fronteras (SVF); asimismo, es el encargado de coordinar e informar, a través del Ministerio de Defensa, las ocurrencias en las zonas fronterizas que tengan relación o requieran las competencias del Ministerio de Relaciones Exteriores y/o de otros sectores del Estado.
Dando cumplimiento de su función de planificar y conducir las operaciones de las Fuerzas Armadas en el marco del Sistema de Vigilancia de Fronteras, el CCFFAA cuenta con seis (06) Zonas de Vigilancia Fronterizas (ZVF) las cuales están a cargo de los respectivos Comandos Operacionales, a través de los cuales se ejerce el control y supervisión del referido Sistema.
Explicación:
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