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Respuesta dada por:
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Respuesta:
La vigente Constitución de 1993 establece en su artículo 113° que la Presidencia de la República vaca por:
Muerte del Presidente de la República.
Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso.
Aceptación de su renuncia por el Congreso.
o si no las ratas de los congresistas.
Explicación:
Coronita plis : D
lucianaramirezh:
y yo solo pregunte que que queria decir el chico ;-;
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