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Podemos hacer responsable de sus actos al sujeto que elige, decide y actúa conscientemente, es evidente que debemos eximir de responsabilidad moral al que no tiene conciencia de lo que hace, es decir, a quien ignora las circunstancias, naturaleza o consecuencias de su acción.
La ignorancia de la naturaleza, circunstancias o consecuencia delos actos humanos, permite librar al individuo de su responsabilidad personal, pero esa exención solo será justificada a su vez, cuando el individuo en cuestión no sea responsable de su propia ignorancia; es decir, cuando se encuentre en la imposibilidad subjetiva u objetiva de ser consciente de su propio acto.
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