Respuestas
Funcionarios
autorizados para celebrar matrimonios civiles
Los funcionarios
autorizados para celebrar matrimonios civiles son los Jueces
Municipales Civiles, los Jueces Municipales de Familia, los
Corregidores y los Ministros Religiosos de cultos con
personería jurídica.
En el extranjero, los Agentes Consulares están autorizados para celebrar matrimonios de panameños en el extranjero (parejas en donde ambos son panameños o parejas de panameños con extranjeros), bajo las leyes de la República de Panamá.
Ubicación
de los Juzgados
En la actualidad, son los
Jueces Municipales Civiles los que celebran la mayoría de los
matrimonios. En la ciudad de Panamá, estos juzgados
están ubicados en Vía España, frente a los Cines
Alhambra, en las antiguas oficinas de la Autoridad Portuaria.
Requisitos
Presentarse al Juzgado
Municipal de turno en matrimonios
(al llegar a los juzgados pregunte cuál está en turno
para matrimonios), con todos los documentos que se describen a
continuación, preferiblemente con tres (3) días de
anticipación a la fecha de matrimonio.