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La ley Sáenz Peña o Ley 8.871, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 26 de marzo de 1912, estableció la lista incompleta combinada con el secreto y la obligatoriedad del sufragio y el mecanismo plurinominal.
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Esta ley debe su nombre a su impulsor, el presidente Roque Sáenz Peña, miembro del ala modernista del Partido Autonomista Nacional.[2] Fue coautor de la misma el político católico Indalecio Gómez
Esta ley adoptaba el espíritu de universalizar el voto y no prohibía el voto de la mujer, siendo esto muy avanzado para la época, de hecho la primera mujer en votar en Argentina fue la Dra. Julieta Lanteri, quién votó el 26 de noviembre de 1911, sin embargo, posteriormente se sancionó en la ciudad de Buenos Aires una ordenanza que definía el uso del padrón del servicio militar obligatorio como padrón electoral, así se demoró el ingreso al padrón por parte de las mujeres hasta 1947. Otras personas que eran consideradas incapaces de ejercer el derecho fueron los dementes declarados en juicio y los sordomudos que no podían expresarse por escrito. Por su estado y condición se hallaban imposibilitados de votar los religiosos, los soldados y los detenidos por juez competente. Por causas de indignidad, no podían sufragar los reincidentes condenados por delitos contra la propiedad, durante cinco años después de cumplida la condena, los penados por falso testimonio y por delitos electorales, por el lapso de cinco años.