• Asignatura: Religión
  • Autor: nicolvalery
  • hace 5 años

Cómo entendemos nosotros el principio de las Naciones Unidas??
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Respuestas

Respuesta dada por: carlosalbertosuaresg
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Respuesta:

En la Declaración de la Reunión de Alto Nivel sobre el Estado de Derecho, los Estados Miembros reafirmaron su solemne compromiso con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, el derecho internacional y la justicia, y con un orden internacional basado en el estado de derecho, que son los cimientos indispensables de un mundo más pacífico, próspero y justo (párr. 1). También reconocieron que el estado de derecho se aplica a todos los Estados por igual y a las organizaciones internacionales, incluidas las Naciones Unidas y sus órganos principales, y que el respeto y la promoción del estado de derecho y la justicia deben guiar todas sus actividades y conferir previsibilidad y legitimidad a sus acciones (párr. 2). La Declaración afirma que “Estamos decididos a establecer una paz justa y duradera en todo el mundo, de conformidad con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. Reafirmamos nuestra determinación de apoyar todos los esfuerzos encaminados a preservar la igualdad soberana de todos los Estados, respetar su integridad territorial e independencia política, abstenernos, en nuestras relaciones internacionales, de la amenaza o el uso de la fuerza en cualquier forma incompatible con los propósitos y principios de las Naciones Unidas, y apoyar la solución de controversias por medios pacíficos y de conformidad con los principios de la justicia y el derecho internacional, el derecho a la libre determinación de los pueblos que siguen bajo dominación colonial y ocupación extranjera, la no injerencia en los asuntos internos de los Estados, el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, el respeto de la igualdad de derechos de todos, sin distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, la cooperación internacional en la solución de los problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario y el cumplimiento de buena fe de las obligaciones contraídas en virtud de la Carta.” (párr. 3).

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