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Respuesta: ME DAS CORINITA
: Para efectos de clasificación de los procedimientos quirúrgicos, se establece la siguiente discriminación como parte del presente MAPIPOS, así: NIVEL I: GRUPOS 01, 02, 03. NIVEL II: GRUPOS 04, 05, 06, 07, 08. NIVEL III: GRUPOS 09 Y SIGUIENTES. NIVEL IV: Se establece de acuerdo al procedimiento practicado en las en las patologías CATASTROFICAS descritas. Debemos tener claro que estos niveles de complejidad aplican para las IPS, de acuerdo al servicio que en estas se preste.
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