• Asignatura: Derecho
  • Autor: alexander6778
  • hace 5 años

artículo 16 del Código Penal del Estado de México​

Respuestas

Respuesta dada por: Inesportuguez80
1

Respuesta:

El Artículo 16 establece.- inimputable el sujeto activo cuando padezca:

I. Alienación u otro trastorno similar permanente;

II. Trastorno mental transitorio producido en forma accidental o involuntaria; y

III. Sordomudez, careciendo totalmente de instrucción.

Estos padecimientos deben tener como consecuencia la ausencia de la capacidad de

comprender la antijuricidad o ilicitud de su acción y omisión, antes o durante la comisión del

ilícito.

Explicación:

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