Declaracion de los derechos del hombre y del cuidadano 26 de agosto de 1789, articulo 1

Respuestas

Respuesta dada por: denise3eqz4
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Artículo primero.- Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común.
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