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Para la enajenación de bienes, cuyo valor excede la cantidad mínima determinada, se requiere además: causa justa, como es una necesidad urgente, una evidente utilidad, la piedad, la caridad u otra razón pastoral grave; . tasación de la cosa que se va a enajenar, hecha por peritos y por escrito
ESPERO HABERTE AYUDADO SI ES ASÍ SIGUEME ;PONME CORAZÓN Y CORONA♡♡♡♡
SI NO ES ASÍ PERDON:C
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