• Asignatura: Historia
  • Autor: brgsinname28
  • hace 5 años

.¿Somos conscientes cuando estudiamos en Historia la Revolución Francesa de que la llamada Declaración de los Derechos Universales del Hombre se refería solo al género masculino?, ¿y el sufragio universal también?

Respuestas

Respuesta dada por: gabriellahmp26
5

Respuesta:

Descripción y desarrollo de la actividad:

Esta técnica tiene como objetivo comprender y analizar en profundidad los conceptos de exclusión, derechos, democracia y ciudadanía. Para ello, vamos a tratar de reproducir una asamblea del siglo XVIII, en plena Revolución francesa, tomando la idea del espacio público como foro de participación del pueblo y de la ciudadanía. Es preciso recordar también que los valores de Libertad, Igualdad y Fraternidad, así como los principios de Soberanía Nacional y Sufragio Universal, sentaron las bases democráticas del Estado moderno actual, definido desde el Contrato Social por Rousseau y la separación de poderes de Montesquieu frente a las sociedades estamentales y absolutistas de la etapa anterior.

Dividimos al grupo en cuatro equipos. Los dos primeros van a trabajar sobre el documento: La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, decretado por la Asamblea Nacional francesa en las sesiones constituyentes celebradas durante los días 20, 21, 22, 23, 24 de agosto de 1789. Es, como sabemos, uno de los documentos fundamentales de la Revolución francesa precursor de su Constitución; en él se establecen los derechos fundamentales de los ciudadanos franceses. Este documento no se refiere a las mujeres; de hecho, las excluye. Pese a ello, ha sido un documento marco para la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU de 1948.

Los otros dos grupos van a trabajar sobre el segundo documento propuesto: La Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, redactado en 1791 por Olympia de Gouges, proclamando la igualdad de derechos humanos para las mujeres y los hombres. También abogaba por la abolición de la esclavitud. Este documento nunca fue oficial, porque no fue aceptado. De hecho, Olympia de Gouges fue guillotinada por su defensa de los derechos de las mujeres como ciudadanas en 1793.

Cada grupo tendrá 25 minutos para preparar la defensa de dicho documento basándonos en el nuevo orden social y en los principios democráticos de la época. Como si de un juicio se tratase, cada grupo se prepara un alegato manifestando su posición en la defensa de sus principios y un listado de preguntas y cuestionamientos para sus oponentes.

Una vez acabado el tiempo de preparación situamos a cada grupo en una esquina del aula, por turno tienen 5 minutos para exponer su alegato con las razones de su defensa.

Tras la exposición de los cuatro grupos comienza el debate con el turno de preguntas y respuestas. El moderador establece un tiempo máximo de una hora para el plenario. Al final, todas las personas votan libremente. El resultado de la votación final puede ser comparado con lo que en la realidad ocurrió.

Se extrae una lista de conclusiones subrayando la importancia del respeto a la diversidad y la importancia de la igualdad de derechos entre los seres humanos: mujeres y hombres, diversidad cultural, raza, opción sexual, nivel económico

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa el 26 de agosto de 1789, es uno de muchos de los documentos fundamentales de la Revolución francesa (1789-1799) en cuanto a definir los personales y los de la comunidad, además de los universales. Influida por la doctrina de los derechos naturales, los derechos del hombre se entienden como universales.

Aún cuando establece los derechos fundamentales de los ciudadanos, franceses y de todos los hombres sin excepción, no se refiere a la condición de las mujeres o la esclavitud, aunque esta última sería abolida por la Convención Nacional el 4 de febrero de 1794. Sin embargo es considerado un documento precursor de los derechos humanos a nivel nacional e internacional. No fue hasta que Olympe de Gouges, en 1791, proclamó la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana que las mujeres entraron en la historia de los derechos humanos.

La Declaración fue el prefacio a la Constitución de 1791. La primera traducción americana completa de sus 17 artículos al español es obra de Antonio Nariño, publicada en Bogotá, Nuevo Reino de Granada (hoy Colombia) en 1793.

Una segunda versión ampliada, conocida como Declaración de los Derechos del Hombre de 1793, fue aprobada posteriormente e incorporada a la Constitución francesa de 1793, ambas de muy breve aplicación. Seguida de la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre y del Ciudadano de 1795 en la Constitución de 1795 que establece el Directorio.

En el derecho constitucional francés, la Declaración de 1789 es parte de la Constitución francesa de 1946, que agrega los derechos sociales en su preámbulo, y de la Constitución francesa de 1958 que conserva el preámbulo de la Constitución de 1946.

Explicación:

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