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Respuesta:
Este trabajo explora las relaciones entre la libertad metafísica y la jurídica. La primera, aun cuando se le considera como una necesidad para el ser humano, es cuestionada por el mecanicismo; la segunda se reduce a lo permitido, lo ordenado y lo prohibido por las normas jurídicas, concibiéndose históricamente como una libertad negativa. Sin embargo, si a pesar de algunas asimetrías existe una relación con la libertad metafísica deberá entenderse al derecho como afirmando la libertad positiva que propicia el florecimiento de las personas. En esta línea, se propone una lectura creativa de la Constitución y de tres tipos de libertades que ésta protege, a saber, la libertad religiosa, la de expresión y la de movimiento. Partiendo de la obligación del Estado a impartir educación, según las especificaciones constitucionales, encontraremos que de cumplirse este artículo se dotaría de capacidades y disposiciones a las personas para resistir a cualquier persona o institución que quiera restringir o eliminar sus libertades; más aun, al afirmar esa libertad en una forma creativa se propiciará su florecimiento.
Palabras clave: libertad metafísica, libertad jurídica, Constitución, libertad positiva, libertad negativa, modelo mecanicista.
Explicación:
me das coronita plis