Respuestas
Respuesta:
Son panameños por nacimiento:
a) Los nacidos bajo la jurisdicción de la República, cualquiera que sea la nacionalidad de sus padres, siempre que ninguno de éstos sea de inmigración prohibida;
b) Los nacidos bajo la jurisdicción de la República, aunque uno de los padres fuere de inmigración prohibida, siempre que el otro sea panameño por nacimiento. Esta disposición no se aplicará cuando el padre que fuere de inmigración prohibida perteneciera a la raza negra cuyo idioma originario no sea el Castellano;
c) Los nacidos fuera de la jurisdicción de la República, de padre o madre panameños por nacimiento, siempre que uno de ellos no sea de inmigración prohibida;
d) Los nacidos con anterioridad al 3 de noviembre de 1903, dentro del territorio que forma hoy la República de Panamá
Los ciudadanos eran aquellas personas que poseían la nacionalidad panameña.
¿Quiénes se consideraban ciudadanos, según la constitución de 1941 en Panamá?
En la constitución de 1941, se consideraban ciudadanos aquellas personas que poseían la nacionalidad panameña. Esto quiere decir que, para ser considerado ciudadano, era necesario nacer en Panamá o, por lo menos, tener la nacionalidad panameña.
No obstante, esto no significa que todos los panameños fueran ciudadanos, ya que había otras condiciones que se debían cumplir, como poseer un título de propiedad, tener un empleo o estudiar en una institución educativa reconocida. Algunos historiadores han señalado que estas condiciones eran prácticamente imposibles de cumplir para la mayoría de la población, lo que significa que la constitución de 1941 era, en cierto modo, elitista.
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