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Respuesta:
Verdadero
Explicación:
Ley N° 125/91, del 9 de enero de 1992 “Que Establece el Nuevo. Régimen Tributario”, el que queda redactado como sigue:
- Art. 237.- Acción Contencioso Administrativa. En contra de las resoluciones expresas o tácitas dictadas por la Administración Tributaria resolviendo los recursos de reconsideración o reposición interpuestos por el contribuyente, es procedente la acción contencioso administrativa ante el Tribunal de Cuentas.
creo xd
ayaladeknyazevaelias:
holisssss
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