Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
derecho de huelga
Explicación:
Constitución Política de Colombia Artículo 56. Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador. La ley reglamentará este derecho.
Preguntas similares
hace 4 años
hace 4 años
hace 4 años
hace 7 años
hace 7 años
hace 8 años
hace 8 años