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Artículo 29. - Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia, de pensamiento y de profesar o no una religión. Nadie puede ser objeto de medidas coercitivas que puedan penoscabar estos derechos ni a ser obligado a declarar su credo, ideología o creencia.
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espero que te sirva
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La constitución de 1933
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