• Asignatura: Religión
  • Autor: zharitteheran
  • hace 5 años

¿Considera usted, que los niños están siendo libres a la hora de elegir o expresar sus credos religiosos?


laura4811: Listo, ya te ayude :D
laura4811: 5 puntos es muy poco, pero bueno

Respuestas

Respuesta dada por: laura4811
3

Respuesta:

No

Explicación:

Aunque se considere que un niño es libre al elegir sus creencias, la familia influye en sus decisiones y aunque la persona considere que es libre al expresar sus credos, las personas de su alrededor pueden influir en esas decisiones. Por ejemplo una familia cristiana le puede decir a su hijo que puede ser por ejemplo ateo sin ningun problema, pero sin embargo esa familia ha influido en inculcarle esas creencias como obligandolo previamente ir a la iglesia y orar todas las noches, entonces aunque se considere libre, en realidad la gente del alrededor puede influir mucho sobre el niño. Ahora tenemos el otro caso, las personas extremadamente religiosas que no permiten la libre expresión del credo religioso, como prohibiendole celebrar ciertas festividades y siendo muy problematicas al momento de aceptar otra religión, no permitiendo la libre expresión de credos religiosos


laura4811: Me das coronita, siento que esta muy bien argumentado
Respuesta dada por: Deimospapu
0

Respuesta:

El conflicto planteado se refiere indudablemente al ejercicio de una de las libertades fundamentales, como es la libertad religiosa. Se trata de un concepto más amplio que la tradicional "libertad de culto" (que es una de sus especies o derivaciones), y está formulada hoy en algunos de los tratados internacionales de derechos humanos que tienen en la Argentina jerarquía constitucional.

De entre ellos cito uno: el Pacto de San José de Costa Rica que expresa en su artículo 121:

Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado.

Nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias.

La libertad de manifestar la propia religión y las propias creencias está sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos o los derechos o libertades de los demás

Retengamos que el derecho es reconocido, en estos tratados, a "toda persona". Los niños, obvio es decirlo, también son personas. Por lo tanto, titulares de este derecho. De eso se hace cargo la Convención sobre los Derechos del Niño, también con jerarquía constitucional (art.75 inc.22 CN) cuando expresa (art.14.1): “Los Estados Parte respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”.

Sin embargo, es claro que los niños necesitan recibir una educación o iniciación que les permita poder hacer consciente y libremente, y sostener, sus propias opciones. Por eso, la propia Convención continúa diciendo (art.14.2): “Los Estados Parte respetarán los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los representantes legales, de guiar al niño en el ejercicio de su derecho de modo conforme a la evolución de sus facultades”

Explicación:

espero q te ayude ponme 5 estrellas y corona si te parecio buena mi respuesta

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