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Las personas por nacer son aquellas que, no habiendo nacido, están concebidas en el seno materno (art. 63 CC) y es en virtud de esta clasificación que el aborto es plausible de pena según lo establece el Código Penal. ... 264 del CC de donde se deduce que bastaba con el nacimiento con algún signo de humanidad.
Explicación:
coronita porfaaa
Cormac:
Pedí la clasificación, no la definición.
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