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Respuesta dada por:
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Respuesta:
Los resguardos indígenas son propiedad colectiva de las comunidades indígenas en favor de las cuales se constituyen y conforme a los [Artículos 63 y 329 de la Constitución Política], tienen el carácter de inalienables, imprescriptibles e inembargables.
Explicación:
Según esto creo que es Verdadero
Espero te sirva :)
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