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Respuesta:
INICIATIVA LEGISLATIVA-Clases
Hay tres clases de iniciativa legislativa, a saber: la que corresponde o de la que son titulares los miembros de las Cámaras, es decir, tanto los Senadores de la República como los Representantes a la Cámara, en la respectiva célula legislativa; la llamada “iniciativa popular”; la que tienen las entidades señaladas en el artículo 156 superior.
INICIATIVA LEGISLATIVA DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION-Estructura y funciones
Tratándose de un proyecto de ley relacionado con las funciones, estructura y organización de la Procuraduría General de la Nación, estaba facultado constitucionalmente el Jefe del Ministerio Público para presentarlo en cualquiera de las Cámaras. Compete directamente al Procurador, la elaboración, preparación y presentación del proyecto de ley en “materias relacionadas con sus funciones”, no obstante que para lograr los propósitos que se persiguen, sea necesario realizar operaciones presupuestales por parte del Gobierno Nacional.
INICIATIVA LEGISLATIVA DE ORGANOS ESTATALES
La iniciativa legislativa para presentar proyectos de ley en forma directa ante el Congreso de la República sin necesidad de recurrir a la mediación o autorización de un tercero, se otorga a todos los órganos estatales en ejercicio de su autonomía constitucional, cuando se trate de la determinación de su estructura y funciones.
Explicación:
no se si sirva,pero espero que si :D