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5
Resolver en primera instancia los procedimientos administrativos que no son de competencia de la Comisión;
En caso de presumir la existencia de una infracción en materia de propiedad intelectual, podrá requerir al Secretario Técnico de la Comisión para que inicie las investigaciones preliminares o las acciones de oficio correspondientes;
Emite informes técnicos en los temas de su competencia;Administra y conoce los procedimientos no contenciosos relacionados con el otorgamiento, la declaración, el reconocimiento y el registro de los derechos de autor y derechos conexos;
Recurre al auxilio de la fuerza pública para ejecutar las resoluciones que emite la Dirección, a través de cualquiera de sus órganos internos, tanto en los casos de procedimiento contenciosos como no contenciosos;
Ejerce la representación de la Dirección;
Coordina la aplicación de las leyes, tratados o convenciones internacionales, en la materia que es de competencia de la respectiva Dirección y vigilan su cumplimiento;
Desarrolla programa de difusión, capacitación y formación en los temas que son de competencia en la respectiva Dirección, pudiendo coordinar al efecto con organismos nacionales o internacionales afines a la materia;
Conduce, ejecuta y evalúa las acciones requeridas para el funcionamiento de sus respectivos registros; y,Ejerce las demás funciones que se les encomienden.
En caso de presumir la existencia de una infracción en materia de propiedad intelectual, podrá requerir al Secretario Técnico de la Comisión para que inicie las investigaciones preliminares o las acciones de oficio correspondientes;
Emite informes técnicos en los temas de su competencia;Administra y conoce los procedimientos no contenciosos relacionados con el otorgamiento, la declaración, el reconocimiento y el registro de los derechos de autor y derechos conexos;
Recurre al auxilio de la fuerza pública para ejecutar las resoluciones que emite la Dirección, a través de cualquiera de sus órganos internos, tanto en los casos de procedimiento contenciosos como no contenciosos;
Ejerce la representación de la Dirección;
Coordina la aplicación de las leyes, tratados o convenciones internacionales, en la materia que es de competencia de la respectiva Dirección y vigilan su cumplimiento;
Desarrolla programa de difusión, capacitación y formación en los temas que son de competencia en la respectiva Dirección, pudiendo coordinar al efecto con organismos nacionales o internacionales afines a la materia;
Conduce, ejecuta y evalúa las acciones requeridas para el funcionamiento de sus respectivos registros; y,Ejerce las demás funciones que se les encomienden.
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