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Respuesta: Hola te ayudare.
Explicación: El artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y los artículos 28 y 29 de la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, dejan claro que el derecho a la educación es innegable.
Desde la perspectiva histórica, el reconocimiento del derecho a la educación corre el mismo camino que el reconocimiento de los Derechos Humanos. De hecho, los tratados internacionales no han soslayado la importancia de esta necesidad básica, tanto para la formación de la personalidad, como para el ejercicio de las libertades en las sociedades democráticas.
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