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Respuesta dada por:
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Respuesta:
Según el Código de Derecho Canónico de 1983 es el obispo consagrado el ministro del sacramento del orden
Explicación:
En la ordenación de un obispo, se pide que haya al menos otros dos obispos consagrantes. Ahora bien, no es lícita la ordenación de un obispo sin el permiso expreso del Papa (llamado «mandato pontificio»).
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