Respuestas
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
En esta oportunidad, me referiré a un artículo de la Ley Indígena número 6172, que en su numeral 3 es clara al señalar que “las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan, incluso, los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas.”
Explicación:
Eres de Costa rica yo también
Preguntas similares
hace 4 años
hace 4 años
hace 4 años
hace 7 años
hace 7 años