Respuestas
Respuesta:
I. El registro de los patrones y demás sujetos obligados, así como la inscripción de los trabajadores
y demás sujetos de aseguramiento del Régimen Obligatorio;
II. El aseguramiento de los sujetos de continuación o incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio
y del Seguro de Salud para la Familia;
III. La determinación y pago de las cuotas, capitales constitutivos, actualización y recargos, a cargo
de patrones, demás sujetos obligados y, en su caso, de trabajadores; de los gastos por
inscripciones improcedentes y los demás conceptos que el Instituto tenga derecho a exigir a
personas no derechohabientes, de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Seguro Social y
demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables;
IV. La clasificación de las empresas y la determinación de la prima para la cobertura del Seguro de
Riesgos de Trabajo, a que se refiere la Ley del Seguro Social;
V. El dictamen y la corrección sobre el cumplimiento de las obligaciones de los patrones ante el
Explicación:
me das corona