¿Cómo nos decidimos acerca de los bienes particulares? ¿Y entonces qué entendemos por libertad? ¿Cómo la nombra s. Tomás?
Respuestas
Respuesta:
¿Cómo nos decidimos acerca de los bienes particulares?
La Ley 675 de 2001 ha definido las unidades independientes en su artículo 3, en el cual indica:
“Inmuebles debidamente delimitados, funcionalmente independientes, de propiedad y aprovechamiento exclusivo, integrantes de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal, con salida a la vía pública directamente o por pasaje común.”
¿Y entonces qué entendemos por libertad?
Al interior de la Ley se evidencian varias expresiones para referirse a los bienes independientes, entre ellos: bienes privados, bienes de dominio particular o bines de propiedad privada o particular.
¿Cómo la nombra s. Tomás?
La unidad independiente dentro del inmueble sometido a propiedad horizontal tiene un entorno jurídico y material propio, es decir un espacio físico o material debidamente configurado y delimitado que lo diferencia con exactitud de los demás bienes privados.Para lograr tal cometido, el bien debe tener un instrumento de identificación propio, que es la correspondiente matrícula inmobiliaria, denominada hoy técnicamente como folio magnético.
Explicación:
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