La Accion de Tutela ( Articulo 86 de Const. Polit de Colombia).

"Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los _____, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos ___________ fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la _______ de cualquier autoridad pública"

A.
Jueces- Constitucionales- Omision.

B.
Constitucion- Alteracion- Abogados.

C.
Omision- Jueces- Justificacion.

D.
Policias- Principales- Integracion.

E.
Ninguna de las anteriores​

Respuestas

Respuesta dada por: AbriLpv
2

Respuesta:

ARTICULO 86°—Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.

Gracias a esto sabemos que es la opción A.

Jueces-Constitucionales-Omisión.

Explicación:

Espero te sirva :3

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