Respuestas
Respuesta:
Los órganos de Gobierno Departamental son personas jurídicas de derecho público, administrativa, y normativa para la gestión de sus intereses, y de autarquía en la recaudación y en la inversión de sus recursos, dentro de los límites establecidos por la Constitución y las leyes
FUNCIÓN PRINCIPAL
Consiste en coordinar todas las acciones públicas para fomentar el desarrollo económico, social y cultural departamental, y permitir una acción conjunta de los organismos de servicios públicos en los municipios y asentamientos rurales que se encuentran dentro de su territorio.
Explicación:
Entresaca y listo espero que te sirva de ayuda :v
Respuesta:
Explicación:
Los órganos de Gobierno Departamental son personas jurídicas de derecho público, administrativa, y normativa para la gestión de sus intereses, y de autarquía en la recaudación y en la inversión de sus recursos, dentro de los límites establecidos por la Constitución y las leyes