Respuestas
Respuesta:
La Junta Departamental es el órgano legislativo del gobierno de los departamentos o divisiones administrativas de la República Oriental del Uruguay. De acuerdo a la Constitución, este órgano está ubicado en la capital de cada departamento.
Integración
Las juntas departamentales estarán integradas por 31 miembros llamados ediles, elegidos por sufragio universal en las elecciones departamentales que se celebran el segundo domingo de mayo del año siguiente a las elecciones nacionales, al igual que los tres suplentes de cada uno de ellos. Para poder ser edil, se requiere tener más de 18 años de edad, ser ciudadano natural o legal con tres años de ejercicio y ser nativo del departamento o estar radicado en él al menos por tres años.
Funciones
La Junta Departamental es el órgano de legislación y de control del gobierno departamental. Puede dictar decretos y resoluciones por su cuenta o a propuesta del intendente, sancionar los presupuestos elevados por el Intendente, crear y modificar a propuesta del Intendente, tasas, impuestos, contribuciones y tarifas, solicitar la intervención del Tribunal de Cuentas en cuestiones relativas a la administración departamental, manejar su presupuesto, designar los empleados de sus dependencias y otorgar concesiones de servicios públicos departamentales a propuesta del Intendente.
Explicación:
Espero haberte ayudado
Respuesta:
La Junta Departamental es el órgano legislativo del gobierno de los departamentos o divisiones administrativas de la República Oriental del Uruguay. De acuerdo a la Constitución, este órgano está ubicado en la capital de cada departamento
Explicación:
ESPERO QUE TE SIRVA