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La ciudadanía se pierde de hecho cuando se ha renunciado a la nacionalidad, y su ejercicio se puede suspender en virtud de decisión judicial en los casos que determine la ley. Quienes hayan sido suspendidos en el ejercicio de la ciudadanía, podrán solicitar su rehabilitación.
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La ciudadanía se pierde de hecho cuando se ha renunciado a la nacionalidad, y su ejercicio se puede suspender en virtud de decisión judicial en los casos que determine la ley.
Perder la ciudadanía implica perder “los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran”, y en el caso que la hayan perdido por pena aflictiva, pueden recuperarla una vez cumplida su condena.
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