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El tema de las sanciones en las escuelas ha llevado a un debate estéril que en ocasiones se ha inclinado erróneamente hacia su abolición o a considerar incompatibles las miradas desde el consenso y las sanciones.
Considero que está fuera de discusión que las sanciones deben existir y deben cumplir un fin pedagógico. Así lo establece en el Chaco la ley 5221 – hoy 1261 E (Acuerdos de convivencia)- que pese a la necesidad no ha sido aún reglamentada y en algunos casos en su nombre se están haciendo verdaderos Códigos “penales” para los alumnos, buscando tener “algo de dónde agarrarse” para sancionarlos.
La ley Provincial 5221- HOY 1261 E- en el Chaco– siguiendo lo que en su momento fueron los acuerdos marcos de los ministros- establece que “Las sanciones se establecerán en función al los siguientes criterios:
Privilegiar la implementación de estrategias de prevención dentro de los propósitos del proyecto de convivencia.
Valorizar el contenido pedagógico y reparador de las sanciones que se adopten por transgredir las normas de convivencia.
Contextualizar las transgresiones de acuerdo con el rol, las circunstancias, la historia institucional y personal y la edad del actor o los actores.
Ser ecuánime en el juicio, es decir, garantizar la neutralidad.
Dar o permitir el derecho a la defensa, para que los actores de una situación conflictiva tengan la oportunidad de dar su versión y, si hubo falta, reconocerla, reflexionar sobre el daño ocasionado y hacerse cargo de la reparación.
Promover la reparación del daño. La responsabilización del actor debe estar vinculada a la posibilidad de hacerse cargo de la reparación o del desagravio según se trate del orden material o moral.
Valorizar el reconocimiento del error.
Fijar la gradualidad y personalización en la implementación de las sanciones, de acuerdo con la edad, el nivel de madurez, cada historia particular.
Privilegiar el diálogo como estrategia para la resolución de conflictos.”
Al analizar lo que ocurre en nuestros establecimientos educativos nos encontramos que no se trata de si la sanción sirve o no, sino que muchas veces la APLICACIÓN de las mismas lleva a que no cumplan con su finalidad.
En ocasiones no existen criterios unificados entre los adultos de cuándo una conducta es para sancionar o no, no corrigen la conducta en falta porque muchos alumnos terminan “cuidándose” cuando llegan al límite de las sanciones, en pocas situaciones se escucha al alumno antes de sancionar, y cuando finalmente se sanciona con un fin pedagógico viene la deslegitimación desde la casa o desde las propias autoridades.
Las sanciones son necesarias, pero deben estar relacionadas con la CONVIVENCIA y se requiere un trabajo en toda la comunidad educativa (incluyendo los padres) acerca de las normas básicas (que alcancen a todos y no sólo a los alumnos).