7. Es la libertad pública individual que
faculta a un grupo de personas a concurrir
temporalmente en un mismo lugar, para
cualquier finalidad lícita y conforme a la
Ley.
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El derecho de reunión es la libertad pública individual que faculta a un grupo de personas a concurrir temporalmente en un mismo lugar, pacíficamente y sin armas, para cualquier finalidad lícita y conforme a la ley. Se considera una libertad y un derecho humano de primera generación. En España, hasta 1978 se requirió una autorización previa del Gobierno para poder ejercer este derecho
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