expresa como valoras el año escolar 2020 ( ventajas y desventajas, experiencias, recomendaciones, entre otras valoraciones)


jeanstiven26s: te alluda

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Respuesta dada por: vale9892
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VENTANJAS

Por regla general, la ventaja más inmediata puede ser el ahorro que supone, ya que, habitualmente, se obtienen precios más ventajosos que para el caso de la economía o consumo tradicionales. Además de compartir un bien, se comparte el gasto que comporta la utilización de ese bien.

Normalmente los bienes que se comparten son continuamente utilizados, y se optimizan por lo tanto los recursos disponibles. Bienes o servicios que permanecen sin utilizar de manera regular, se comparten, alquilan, prestan o intercambian, desde personas que los poseen hacia personas que los desean o necesitan utilizar sin tenerlos en propiedad.

Se trata de un sistema más ecológico y sostenible que el modelo tradicional de consumo. Esto conlleva beneficios medioambientales (por ejemplo, si se comparte vehículo se emitirán menos contaminantes a la atmósfera que si cada persona utiliza su vehículo privado).

DESVENTAJAS

Explicación:La economía colaborativa en su conjunto se basa en la existencia de multitud de plataformas, cada vez en mayor número, dedicadas a muy diversos ámbitos. Es por ello que su evolución es muy rápida y, por lo tanto, es posible que se desconozcan muchas de las funcionalidades y prestaciones de dichas plataformas.

El amplio espectro de plataformas de economía colaborativa que existen (y que se crearán en un futuro), hace especialmente difícil su regulación normativa, por lo que, en principio, podrían escapar al control regulatorio. Esto podría ser esgrimido por las plataformas tradicionales de la economía y del consumo, por no exigírseles las mismas limitaciones o requisitos tasados que a éstos (por ejemplo, no pagar determinados impuestos).

Falta de protección de la persona consumidora. La falta de regulación de muchos aspectos de esta economía o consumo colaborativo, puede hacer que la persona consumidora no esté amparada por el régimen de protección otorgado por la normativa vigente en materia de consumo (por ejemplo, al compartir un vehículo, si alguna persona usuaria del mismo tuviera algún problema, no estaría amparada por la normativa de protección de las personas consumidoras).

ESPERO QUE HAYA AYUDADO

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