• Asignatura: Historia
  • Autor: luisapalomera8
  • hace 5 años

¿Cómo elaborar un juicio histórico?

Respuestas

Respuesta dada por: Yasumi151090UwU
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Respuesta:

1. El juicio histórico: su naturaleza

Existe una notable diferencia entre el «juicio de autoridad» –el expresado a través de testimonios y testigos– y el «juicio histórico» que de­fine formalmente al historia­dor. El juicio histórico ha de ser un «saber de conclusiones», un saber terminal, no meramente prope­déutico, como es el «juicio de autoridad», cuya fuerza es buscada por las ciencias metodológicas (heurística, crítica, hermenéutica). El excesivo crecimiento de éstas –que operan por clasificaciones y búsquedas mi­nuciosas– puede entorpecer el saber histórico es­tricto, compuesto de enuncia­bles que afirman o niegan algo del pa­sado. Tras la metodología previa de los instrumentos del saber, ha de venir la interpretación efectiva de un hecho hu­mano pretérito, que enuncie categóricamente en un juicio: «sucedió así».

La simple filología puede hacer perder una incalculable canti­dad de esfuerzo y trabajo sobre toneladas de documentos, con un rendimiento histórico escaso. No es todavía «historiador» el que simplemente es laborioso y se afana en los archivos. La determi­nación de la autenticidad y de la veracidad de documentos y testi­gos constituye, para el historiador, una labor preparatoria, un mero análi­sis de los hechos aislados o extraídos del fluir histórico. Pero aislar es abstraer. Hay que devolver el hecho a la totalidad, pues de otro modo carecería de sen­tido: hay que reconstituir o reconstruir la totalidad: «Si conocemos todos los he­chos –dice Cassirer– en su orden cronológico tendremos un esquema general y un esqueleto de historia pero no poseeremos su vida real. Ahora bien, el tema general y la meta última del conocimiento histórico es una com­prensión de la vida humana»[1]. De la vida humana pasada, claro es.

En el juicio histórico hay que diferenciar el carácter lógico (su naturaleza o constitución) del aspecto gnoseológico (su aspiración a la verdad). En este capí­tulo estudiaremos el aspecto lógico, de­jando el gnoseológico para otro capítulo.

Considerado en su aspecto lógico, el juicio histórico es singular, particular: por eso la historia no estudia meros conceptos universa­les (como victoria, ho­micidio, guerra, paz, etc.), sino los hechos en su individualidad y, además, en su conexión. 1º. Las demás cien­cias usan también los hechos individuales, pero sólo en cuanto manifiestan leyes, excluyendo de ellos todo lo accidental e indi­vi­dual. En cambio, la historia considera los hechos en su individua­lidad; no la muerte de un emperador como tal, sino la de César por Bruto. No estudia las erupciones del Vesubio (tuvo muchas) como hechos geológicos, sino aquella precisa erupción que sepultó a Pompeya: lo histórico es la destrucción de esta ciudad, no la erup­ción de aquel volcán. A su vez, si se ocupa de leyes es porque és­tas conducen al conocimiento de los hechos[2]. No hay leyes de la historia, a partir de las cuales se pueda deducir el desarrollo de la humanidad. Pero hay le­yes en la historia, justo las estudiadas por las ciencias naturales y las ciencias sociales, y que el historiador no debe dejar de entender y aplicar en su discurso. Y aunque la historia pueda llevar al conocimiento más profundo de las leyes morales que rigen las acciones humanas, ese conocimiento consti­tuye un saber distinto, que es parte de la «filosofía de la historia». 2º. Además no estudia los hechos aislados o separados, sino rela­cionados: un hecho histórico tiene valor cuando es conocido en su conexión.

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