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Respuesta:
El presente artículo de investigación va a estudiar la no capacidad reproductiva de la persona
como una discapacidad del individuo, la cual atenta contra el pleno cumplimiento de derechos
humanos que como individuo posee, y como el estado se configura como garante superior de los
derechos del ciudadano, este debe tomar las medidas y políticas necesarias para garantizar el
cumplimiento de dichos derechos en el desarrollo de disposiciones normativas y
jurisprudenciales que permitan el desarrollo del ciudadano de forma plena y efectiva. El Estado
como ficción jurídica deposita su esencia en el cumplimiento de los fines estatales y las
disposiciones y principios que la constitución política contiene, siendo los derechos humanos
parte del contenido mismo de la constitución, logrando el nivel de derechos constitucionales o de
primera generación, los cuales definen el funcionamiento nacional y los fines estatales, por ello
la garantía de dichos derechos son prioridad del estado, en este punto se va a ubicar al ciudadano
con discapacidad reproductiva para definir si esta condición viola sus derechos humanos y es
deber del estado tomar las medidas necesarias para restablecer y proteger el derecho vulnerado.
Palabras Claves: Derechos Humanos, Derechos Constitucionales o de primera generación,
Funciones Estatales, Derechos Reproductivos
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Introducción
La constitución es la fuente de derechos
ciudadanos de los habitantes del estado,
Derechos que el ciudadano posee por su
simple condición humana, y al referirnos a
los derechos humanos, la misma
constitución los ha categorizado como
derechos de primera generación, es así como
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los fines del estado deben orientarse a su
cumplimiento y protección.
La persona al ser parte de un
conglomerado social el cual llamamos
Estado es portador de derechos y deberes
que la constitución le brinda por el hecho de
cumplir los requisitos para tenerlos, ser un
ciudadano, además de la protección
reforzada que tienen las personas en
condición de discapacidad , por considerar
el derecho humano de la igualdad el cual
está consagrado en la constitución, lleva al
estado a tomar las medidas necesarias para
nivelar a todos los ciudadanos en el
desarrollo de la vida social de la nación,
siendo necesario cuando dicha discapacidad
reduce la capacidad del ciudadano a
desarrollarse de forma plena en la sociedad,
por ello es función del estado desarrollar las
medidas para reintegrarse a la vida social, tal
como nos enseña CONVENCIÓN SOBRE
LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS
CON DISCAPACIDAD;
“Las personas con discapacidad incluyen a
aquellas que tengan deficiencias físicas,
mentales, intelectuales o sensoriales a largo
plazo que, al interactuar con diversas
barreras, puedan impedir su participación
plena y efectiva en la sociedad, en igualdad
de condiciones con las demás.”(pag. 4), el
principio de la igualdad acciona la
intervención estatal, buscando la igualdad de
condiciones para todos.
Desarrollar medidas y políticas que
ayuden en una primera instancia a recuperar
la incapacidad de la persona y en la segunda
brindando las condiciones para que el
mismo pueda seguir desarrollándose como
ciudadano, la nación como Estado Social de
Derecho entra a desarrollar un política
garantista, en la cual debe tratar de hacer
una nivelación derechos, tomando las
medidas necesarias para restablecer los
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Explicación:
lea xD