Respuestas
Corresponde al personero como agente del ministerio publico, la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés publico y la vigilancia de la conducta de quienes desempeñan funciones publicas.
Los personeros son elegidos por el concejo municipal en los primeros diez (10) días del mes de enero del año respectivo, para periodos de tres (3) años que se iniciaran el primero (1) de marzo y concluyen el ultimó día de febrero.
CALIDADES: para ser elegido personero en los municipios y distrito en las categorías especiales, primero y segunda se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y abogado titulado.
FUNCIONES: el personero ejercerá en el municipio, bajo la dirección del procurador general de la nación, lasa funciones de ministerio público además de las que determinan la constitución, la ley, los acuerdos y las siguientes.
Respuesta:
La personeria Municipal es un servidor público que hace parte del Ministerio Público, a quien le corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público, la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas y el control administrativo en el municipio.
Explicación: