Respuestas
Respuesta:
La Constitución del Ecuador, el Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización –COOTAD, y el Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas, establecen la obligación de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados de planificar su territorio, de igual manera determinan que los
gobiernos municipales tienen competencias exclusivas entre otras, las de planificar el
desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenación del territorio
con el fin de regular su uso y la ocupación del suelo urbano y rural.
La Planificación del Desarrollo y Ordenamiento Territorial busca dar respuesta a los
problemas socioterritoriales derivados de la falta de integración económica y social
que se traduce en la alteración ecológica y ambiental, la concentración espacial de la
población en áreas urbanas, la degradación de espacios naturales de especial valor
ecológico, la tendencia de un modelo de consumo de recursos naturales de manera
Explicación: