Diferencias y semejanzas de Referendo consultivo y revocatorio en Venezuela por favor. Gracias.

Respuestas

Respuesta dada por: Bian22
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La Constitución de 1999 considera el Referendo Popular. Para ello establece cuatro tipos de referendo:

1. El referendo  consultivo para  la consulta de  materias de especial trascendencia nacional (art. 71),

2. El referendo revocatorio, para revocar el mandato a cualquier carfo o magistratura de elección popular (art. 72).

3. El referendo aprobatorio para leyes y tratados de interés nacional (art 73) y

4. El referendo abrogatorio, a través del cual el soberano puede abrogar total o parcialmente una  ley (art 74).

A los efectos de lo que vamos a discutir nos referiremos solamente a los dos primeros tipos de referendo: consultivo y abrogatorio, a fin de explicar porque EL REFERENDO REVOCATORIO NO PUEDE NI DEBE SER SUSTITUIDO POR UN REFERENDO CONSULTIVO.

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