Respuestas
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y que importen servicios gravados de forma ocasional, deberán presentar la declaración del IVA a través del formulario 104, liquidando y pagando el respectivo impuesto retenido en el período en el cual realizaron la importación de dicho servicio.
Explicación:
Respuesta dada por:
2
Respuesta:
formulario 104 liquidando y pagando el respectivo impuesto retenido en el período en el cual realizaron la importación de dicho servicio
Preguntas similares
hace 4 años
hace 4 años
hace 7 años
hace 7 años
hace 8 años